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¿Conoces la diferencia que hay entre la denominación de origen e indicación geográfica?

La calidad del producto es un concepto subjetivo, pero que además, suele ser dinámico. El consumidor, demanda productos que garanticen no poner en riesgo su salud. Aunque, una vez esto se ha conseguido, suelen querer más y buscan cualidades diferenciadas en sus compras para satisfacer sus necesidades. Esto lleva implícito que dichos alimentos cumplan unos requisitos superiores al resto. En UNIKA, Gestión de Marcas, expertos en el control de calidad de alimentos te traemos, hoy, dos conceptos que serán claves para tu marca.

 

La regulación legislativa es fundamental cuando hablamos de temas relacionados con el consumo. La política de calidad de la UE tiene como objetivo proteger las denominaciones de productos específicos para promover sus características únicas, vinculadas a su origen geográfico y al saber hacer tradicional. Las indicaciones geográficas comprenden: Denominación de Origen Protegida (DOP) e Indicación Geográfica Protegida (IGP)

 

Las indicaciones de geográficas son protegidas siempre y cuando las cualidades específicas del producto estén especialmente vinculadas a la zona de producción. El producto es beneficiado con una buena reputación de la zona geográfica de la que proviene, es un valor añadido al mismo.

LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA (DOP)

 

Con las siglas DOP se diferencian a aquellos productos alimenticios originarios de una determinada zona geográfica. Aunque, también es permitido utilizar esta denominación para aquellos productos elaborados con materias primas provenientes de la región concreta, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones. Y es que todo su proceso de elaboración debe ser en el propio lugar de la denominación.

Por lo tanto, la calidad de este reside, principalmente, en el medio geográfico del que provenga, pues esto le otorga una serie de factores naturales y humanos que son intrínsecos a él.

 

LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA PROTEGIDA (IGP)

Las siglas IGP, se utilizan para identificar un producto originario de un cierto lugar geográfico, el cual tiene unas cualidades determinadas que vienen relacionadas con su propio origen geográfico. En cambio, no tiene por qué ser producido íntegramente en la región en cuestión, con que al menos una de sus fases haya tenido lugar en ella es suficiente.

Por lo tanto ambos sellos muestran un estrecho vínculo entre las características del propio producto y su origen geográfico. Sin embargo, aquellos con Denominación de Origen Protegida cuentan con un vínculo más fuerte que aquellos con Indicación Geográfica Protegida, pues toda su producción se encuentra realizada en la propia región.

 

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¿CÓMO SE PUEDE OBTENER ESTE CERTIFICADO?

 

Para que un producto obtenga esta certificación, es necesario enviar tu solicitud al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Estos registros sólo pueden solicitarlos aquellos productores que pertenezcan a la zona geográfica en cuestión. En esta aplicación se deberá detallar todas aquellas características distintivas del propio producto. Así como su vínculo con esta. Será el propio organismo quien verificará el cumplimiento de estos requisitos. Y, una vez aprobado, se deberá presentar a la Comisión pertinente de la Unión Europea quien se encargará de verificar el cumplimiento según el Reglamento 1151/2012. Una vez aceptado también por su parte, si en el plazo de tres meses no se presenta oposición, se otorga al producto su nuevo estatus.

 

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Por lo tanto, a pesar de ser una tarea lenta, la consecución de una DOP o IGP, suele traer numerosos beneficios a la propia marca. Si tienes alguna duda sobre esta cuestión o sobre otros temas relacionados con la gestión de tu propia empresa no dudes en ponerte en contacto con nosotros, desde UNIKA, Gestión de Marcas, estaremos a tu disposición.